Cannabis Medicinal: se legalizó el autocultivo y la venta en farmacias
El Gobierno nacional oficializó por decreto la reglamentación de la ley de “Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”.

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El Gobierno nacional oficializó por decreto la reglamentación de la ley de “Investigación Médica y Científica de Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”. El Decreto 883/2020 se publicó este jueves en el Boletín Oficial.
Permitirá el autocultivo de Cannabis para uso medicinal y la venta de aceites en farmacias.
“Resulta impostergable crear un marco reglamentario que permita un acceso oportuno, seguro e inclusivo y protector de quienes requieren utilizar el Cannabis como herramienta terapéutica”. Se lee en el texto oficial publicado hoy.
De este modo, tanto personas en su hogar como organizaciones cannábicas y universidades podrán cultivar siempre que el fin sea terapéutico.
El Reprocann registrará, con el fin de emitir la correspondiente autorización, a los pacientes que acceden a través del cultivo controlado a la planta de Cannabis y sus derivados, como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor.
Se podrá inscribirse en el Reprocann quien cuente con indicación médica y haya suscripto el consentimiento informado correspondiente.
El texto indica que las provincias podrán regular estos registros y expedir las autorizaciones para sus ciudadanos.
Los límites en la cantidad de plantas permitidas se conocerán posteriormente, cuando el Ministerio de Salud redacte las resoluciones particulares.