29 abril, 2025

Chaco: procesan a una intendenta por presunto fraude a la administración pública

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La intendenta de Enrique Urien, Liliana Carmen Pascua, fue procesada sin prisión preventiva por la jueza federal subrogante de Sáenz Peña, Belén María López Macé, por presunto fraude en perjuicio de la administración pública. El caso involucra el cobro de una pensión no contributiva por invalidez, percibida mientras ocupaba el cargo de intendenta en 2013.

Según la resolución, Pascua fue considerada autora prima facie del delito tipificado en el artículo 174, inciso 5, del Código Penal argentino, que sanciona el fraude en perjuicio del Estado. La investigación reveló que la jefa comunal cobró la pensión entre julio y diciembre de 2013, a pesar de que su salario como funcionaria pública era incompatible con este beneficio.

Detalles de la investigación

La pensión percibida por Pascua era inferior a su sueldo como intendenta, que en ese período oscilaba entre $7.097 y $9.258. Según la normativa vigente (Decreto 432/97), los beneficiarios de pensiones no contributivas no deben tener ingresos que les permitan subsistir, condición que la intendenta no cumplía.

Aunque Pascua argumentó haber solicitado la baja de la pensión antes de asumir su cargo y presentó un comprobante de julio de 2013, el tribunal comprobó que extrajo fondos de la pensión hasta diciembre de ese año. La evidencia se obtuvo a través del Oficio 715/2013 del Nuevo Banco del Chaco.

Un esquema bajo la lupa

Este caso se enmarca en una auditoría nacional realizada por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), que detectó graves irregularidades en la asignación de Pensiones No Contributivas por Invalidez Laboral. Según la auditoría, solo el 7% de los beneficiarios cumplían con los requisitos, revelando un esquema de corrupción que involucraba a múltiples jurisdicciones.

Contexto judicial

El tribunal sobreseyó a Pascua en la causa por presunta falsedad ideológica, pero la halló culpable de defraudar a la administración pública. Este fallo subraya las incompatibilidades entre la percepción de beneficios sociales y los ingresos derivados de cargos públicos, marcando un precedente en la fiscalización de estas prestaciones.

La resolución pone de manifiesto la importancia de controlar el uso de recursos públicos y los procedimientos de asignación de beneficios, especialmente en un contexto donde la corrupción afecta a sectores vulnerables.

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