3 agosto, 2025

El Gobierno reglamentó la ley de etiquetado frontal

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Se publicó el decreto en el Boletín Oficial. La iniciativa busca promover una alimentación saludable.

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Fuente: Iprofesional

El Gobierno finalmente oficializó la reglamentación de la ley de etiquetado frontal. De esta manera, los fabricantes de alimentos deberán poner una advertencia en los envases en caso de que contenga algún exceso.

Las principales advertencias serán por exceso de azúcares, grasas totales, grasas saturadas, sodio y calorías

Los objetivos que impulsa esta ley son garantizar el derecho a la salud y a una alimentación adecuada. Desde el Ministerio de Salud señalaron que la normativa brindará información nutricional comprensible de los alimentos envasados y bebidas analcohólicas para resguardar los derechos. Por otra parte, destacaron que se busca prevenir la malnutrición en la población y reducir las enfermedades crónicas no transmisibles.

La ley establece que las bebidas y los alimentos procesados deberán tener octógonos negros de al menos un 5 % del tamaño de la cara principal del envase. Además, podran llevar más de un sello negro.

Esta ley alcanza a todas las personas, humanas o jurídicas, que fabriquen, produzcan, elaboren, fraccionen, envasen, encomienden envasar o fabricar, distribuyan, comercialicen, importen, pongan su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano en la República Argentina.

También establece que los alimentos y bebidas envasadas que tengan algún sello de advertencia no pueden incorporar la Información nutricional complementaria. Así también cómo logos con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles.

También está prohibido la exposición de personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales o cualquier otro elemento.

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